La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. en el articulo 102 y 103 establece que la educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad... considerando que todas las personas tienen derecho a una educación integral de calidad, permanente en igualdad de condiciones y oportunidades sin mas limitaciones que las derivadas de sus actitudes, vocación y aspiraciones.
Delors en su libro, la educación encierra un tesoro induce a que se cumplan estos artículos que ya están establecidos en nuestro país. Expone que se debe evitar la exclusión social, dándole a los individuos las oportunidades necesarias de descubrir y experimentar, preparándolos para convivir en sociedad desarrollando sus competencias y fomentando el trabajo en equipo, permitiendoles tomar conciencia de si mismo de las oportunidades que le ofrece su entorno para que pueda desempeñarse hábilmente en cualquier contexto a nivel social.
En la perspectiva aquí adoptada la familia es la primera escuela del niño, pero cuando no se cumple la función por ser deficiente, la escuela es la encargada de formar las bases para que a través de sus capacidades su aprendizaje sea significativo. En atención a esta problemática hay que preocuparse mas por la calidad de la educación.
De hecho según Jean Piaget.
"El objetivo principal de la educación es crear personas capaces de hacer cosas nuevas y no simplemente repetir lo que otras personas hicieron."